¿Qué es la ASNEF?
La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, o popularmente conocida como ASNEF debido a su anterior nombre (Asociación Nacional de Entidades de Financiamiento) es una organización española con sede física en la ciudad de Madrid que viene a agrupar todas las entidades o instituciones que permiten financiar créditos, estas son:
- Entidades financieras
- Compañías telefónicas
- Empresas de suministros
- Aseguradoras
- Entre otras de la misma naturaleza
ASNEF es un enlace entre las administraciones públicas, las organizaciones de crédito y los consumidores o clientes. Al ser de campo nacional, posee un fichero organizado de todas las deudas, denominado fichero de morosos o fichero ASNEF, pues la información de créditos se encuentra interrelacionados entre las distintas organizaciones; bajo estas premisa la asociación gestiona el fichero por sí misma o mediante acuerdos con terceros, aplicando principios del tratamiento automatizado de la información sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones por parte de los consumidores con sus asociados y adheridos no asociados, y garantizado dentro de las normativas de la institución, pues agrupa a la gran parte de entes financieros.
El registro que se lleva es gestionado por la empresa Equifax Servicios Sobre Solvencia y Crédito S.L.; la cual se tiende a confundir creyendo que existen listas diferentes, pues es tan sencillo como comprender que ASNEF es el titular de los datos y Equifax es quien los explota. Debido a esto, la asociación fue creada en 1957 y brinda servicios a toda España, la cual se basa en la legislación y regulación del derecho al financiamiento de consumo. ASNEF posee los siguientes fines:
- Reunir en su seno a las empresas que practiquen la financiación y representarlas ante las autoridades, corporaciones públicas, etc.
- Velar por el prestigio de la actividad de financiación que practican sus asociados, defender los intereses generales de los mismos, fomentar, cultivar e impulsar el espíritu de compañerismo y solidaridad entre los miembros y promover cuantas iniciativas puedan contribuir a su desarrollo y al prestigio profesional.
- Colaborar con los poderes públicos en la evolución y perfeccionamiento del crédito en nuestro país y evacuar cuantas consultas le formulen relacionadas con la actividad, mediante informes, dictámenes, estadísticas, etc.
- Promover estudios sobre la financiación en España y en el extranjero, y asesorar a los asociados sobre el perfeccionamiento de sus métodos de trabajo, obligaciones fiscales y demás cuestiones relacionadas con el ejercicio de su profesión.
- Asistir a los asociados en materia laboral mediante la realización de los estudios e informes pertinentes e incluso representarlos, cuando proceda, en las negociaciones laborales que se lleven a efecto.
Dentro de sus estatutos de funcionamiento, en el título I-capítulo I, en su artículo 1 indica que: “La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, ASNEF (en adelante “la Asociación”) agrupa a las entidades, españolas o extranjeras, entre cuyas actividades conste ejercer, en territorio nacional, una o varias de las actividades típicas de los Establecimientos Financieros de Crédito, tal como se define en la legislación vigente, y que consten debidamente inscritas en el registro oficial de Banco de España de entidades habilitadas para operar en territorio nacional”.
Fichero ASNEF: esta es la expresión más popular del ASNEF el cual es una lista de morosos, sin embargo son muchos los ciudadanos que desconocen que se encuentran incluidos en ello pero es un derecho el conocer la lista y saber las deudas crediticias que se hayan obtenido. Credy expresa que “La duda de muchas personas reside en que no existe una regulación fija y concreta para determinar qué consumidor puede ser o no incluido en el fichero de morosos de ASNEF”, todo esto dependerá incluso de las condiciones impuestas por las compañías de financiamiento. Sin embargo, y a pesar de estas opiniones generales, el fichero se regulado por el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999 pues figura el derecho de los deudores de consultar su estatus de deudas.
Estar incluido en el fichero ASNEF tomo mayor auge debido a la crisis económica en Europa pues más de una persona, natural o jurídica, quedaron con sus deudas impagas y seguían optando a nuevos créditos a pesar de la situación financiera que presentaban, es tan negativo estar incluido que una vez consultado las instituciones no extiende ningún tipo de financiamiento, inclusive las empresas telefónicas que optan por suspender el servicio.
El estar dentro de este fichero trae unas consecuencias negativas para el consumidor que deberá buscar la forma de salir de la lista, esto se debe a que los bancos principalmente revisan dicho registro para conocer a los morosos, por lo que se pierde la confianza y no se podrá tramitar el crédito o préstamo, especialmente cuando se trata de hipotecas.
Con estas premisas, toda persona deberá conocer si se encuentra registrado en el fichero, pues cada registro cuenta con un numero de referencia, pero el consumidor debe solicitar la información a Equifax mediante un documento legal de consulta, para lo cual se podrá tener acceso al expediente que guarda la asociación.
Muy importante dejar en claro que también el fichero no solo guarda la información de personas morosas, sino también de empresas y organizaciones, para ello está el listado de ASNEF Empresas, el cual tiene las referencias de las personas jurídicas, y de estar incluidos se puede ver afectado el desarrollo del negocio, pues incluso el Instituto de Crédito Oficial (ICO) no apruebe los créditos, considerando que es el principal instituto para financiamiento de las empresas.
Si está incluido en el fichero y se desea salir de este para contar con un historial limpio a nivel crediticio, se cuenta con dos opciones básicas: lo primero es pagar la deuda abonando los pagos y solicitar que sus datos sean borrados del registros, lo cual es lo más sencillo, y la otra opción tras conocer el estado personal es que se demuestre que la notificación no se ha realizado conforme a la norma vigente, ya que las empresas están obligadas a informar por escrito con una antelación de al menos 30 días.